La fiscal Laura Castagno solicitó que se declare autora penalmente responsable a la mujer acusada de homicidio culposo por conducción imprudente de un vehículo.
En la etapa de alegatos finales, la fiscal Laura Castagno y el abogado Alexis Ubilla, sostuvieron que, mediante la prueba rendida en el juicio, se logró probar la materialidad y autoría de del delito homicidio culposo por la conducción imprudente de vehículo automotor. En consecuencia, peticionaron al tribunal que declare a Magdalena Luján López (38), autora penalmente responsable del delito endilgado.
Por su parte, el abogado de la defensa pública, Marcelo Catalano, sostuvo que la conducta del peatón fue la que provoco el accidente. Por ello, pidió al juez que declare la absolución de su asistida.
El caso que el Ministerio Público Fiscal llevó a juicio, ocurrió el lunes 22 de marzo de 2021, a las 19:00. En esa ocasión, Clementino Thorp (71), cruzaba en forma transversal por Avenida Estrada y calle España, cuando fue embestido por el automóvil que conducía Lujan López. Thorp fue hospitalizado y finalmente falleció el domingo 28 de marzo. Así las cosas, el juez Ariel Quiroga, convocó a las partes a una audiencia de lectura de la sentencia. El acto judicial fue fijado para el miércoles 12 de abril a las 12:00, en la sala de audiencias n° 1 de la oficina judicial.
Para la fiscal Castagno se logró probar la materialidad y autoría de la imputada. En este sentido, enumeró y destacó las declaraciones de los testigos que presenciaron el hecho. Asimismo, subrayó las imágenes del material fílmico obtenido de una cámara de video ubicada en una vivienda sobre la Avenida Estrada.
En consecuencia, anticipó que solicitaran al tribunal la declaración de responsabilidad penal de la acusada, porque ha quedado debidamente acreditado los requisitos del tipo penal.
Para Castagno, el aspecto medular del caso, se basa en que las circunstancias de tener el sol de frente, eran similares doscientos metros antes del lugar del hecho.
En este marco, destacó el informe de la Licenciada en Criminalísticas Julieta Bochatey, respecto de la visibilidad que tenían los conductores de vehículos la tarde del lunes 22 de marzo de 2021.
En este sentido, los investigadores afirman que Magdalena López contó con treinta y ocho metros, para visibilizar cualquier persona u obstáculo que pudiera cruzarse en su recorrido a una velocidad constante. Por eso se habla de una conducción imprudente, por no estar atenta a los riesgos propios de la conducción de un rodado.
En tanto, indicaron que los informes periciales confirmaron que no se observaron huellas de frenada o de desvío del vehículo. Por lo tanto, se logró probar que la acusada no realizó ninguna maniobra tendiente a evitar que su vehículo embistiera a Clementino Thorp.
También señalaron que el parasol del automóvil de López, estaba colocado en el lugar del acompañante y no del conductor. En esta línea de argumentación, mencionó otras infracciones al deber de cuidado cometidas por la imputada.
Finalmente, Castagno solicitó la declaración de responsabilidad penal de Magdalena López como autora penalmente responsable del delito de homicidio culposo por la conducción imprudente de automotor.
A su turno, el abogado Marcelo Catalano, indicó que su asistida conducía en forma reglamentaria, atenta al tráfico y a los peatones. Para reforzar sus argumentos, exhibió imágenes de las cámaras de video. En este contexto, refirió que el peatón apareció de manera sorpresiva frente al automóvil. A ello, agregó que su asistida frenó el vehículo en esa circunstancia. Para el representante del Ministerio Público de la Defensa, la conducta desaprensiva del peatón fue la que provocó el accidente.
En otro orden, Catalano, pidió que se inicie una investigación contra tres testigos por falso testimonio. También consideró que la pericia presentada por la Licenciada Bochatey carece de objetividad y rigor científico.
Por último, solicitó la absolución de su asistida y que se rechace de plano toda imputación por el resultado.
La última palabra correspondió a un familiar de la víctima. Un sobrino de Clementino Thorp -visiblemente conmovido por la situación- expresó “queremos que se haga justicia, no puede ser que se atropelle una persona, pasemos dos años en audiencias y que al final, todo quede en la nada”.
El caso
El hecho que se le imputó a la acusada ocurrió el lunes 22 de marzo de 2021, a las 19:00. En esa oportunidad, Magdalena López conducía un vehículo marca “Fiat”, modelo “Mobi” por Avenida Estrada con dirección este a oeste. Según los investigadores, el automóvil se desplazaba a una velocidad entre 28 y 35 Km/h. En esas circunstancias, la víctima, cruzaba la Avenida de norte a sur.
Para la fiscalía, en ese momento, López, de forma imprudente, faltando al deber de cuidado y prevención, sin tener en cuenta los riesgos propios de la conducción, ni demás circunstancias del tránsito, embistió al peatón.
En consecuencia, la víctima sufrió lesiones de carácter grave y fue trasladado al hospital regional de Comodoro Rivadavia. Luego de seis días de internación, finalmente falleció el domingo 28 de marzo.
Ficha de la audiencia
Ministerio Público Fiscal: Fiscal Laura Castagno- Abogado Alexis Ubilla
Juez: Ariel Quiroga
Ministerio Público de la Defensa: Abogado Marcelo Catalano- Abogado Sebastián Martínez Bianchi.
Víctima: Clementino Thorp (74)
Imputada: Magdalena López (38)
Fecha del hecho: 22/03/2021
Servicio de Asistencia a la Victima (S.A.V.D): Abogada María Laura Mansilla
Calificación legal: Homicidio Culposo por la conducción imprudente de un vehículo automotor en calidad de autora (artículo 84 bis y 45 del Código Penal).