Trelew

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Caso Bustos: comenzó el juicio oral luego de superar numerosas cuestiones previas

  Después de la resolución de los jueces Ivana González y Fabio Monti, rechazando la recusación efectuada contra los integrantes del tribunal de enjuiciamiento, doctores Arguiano, Barrios y García, estos últimos retomaron las jornadas de audiencia que se llevaban adelante, resolviendo las diferentes cuestiones previas presentadas por las partes.

  En particular, en la audiencia de ayer, determinaron hacer lugar a la suspensión del juicio a prueba para uno de los imputados en la causa por lesiones leves, donde resultó perjudicado el hijo de Gerardo Bustos, propietario del comercio Ellinor. Se trata de Mauro Aguirre, acusado junto a Acosta y Moreno de participar en la agresión referida, que deberá cumplir durante un año con trabajos comunitarios por el término de 40 horas semanales, además de requisitos previstos en la imposición de este instituto, además de la prohibición de acercamiento a la víctima y lugares que frecuenta.

  El tribunal favoreció finalmente la solicitud hecha por el defensor Gustavo Latorre, no dando lugar al rechazo que había interpuesto el querellante particular Oscar Romero, quien sostenía que se trataba de una nueva dilatación, habiendo tres imputados por el mismo hecho, además de considerar insuficiente el resarcimiento económico ofrecido, consistente en una ayuda a una institución pública por el valor de dos mil pesos, destacando a la vez que su cliente ha padecido consecuencias físicas y sicológicas a raíz de los sucedido.

  Mas allá de esta decisión, el tribunal resolvió por otra parte el rechazo a la nulidad presentada por el doctor Latorre, que impugnaba el auto de elevación a juicio determinado por el juez Daniel Yanguela en septiembre de 2012, lo que podría haber dejado sin efecto la realización del juicio oral. Entre otros considerandos, los magistrados indicaron que muchos procedimientos previstos en aquella elevación fueron cumplidos por el propio defensor, entendiendo que no se aludió en esas oportunidades a pedido de anulación alguno.

   Acto seguido se decidió iniciar el juicio oral y públco, que se desarrolla en el sexto piso de los tribunales de Trelew, el que continúa hoy en su segunda jornada. En la primera de ellas se convocó a deponer a la víctima principal, Gerardo Bustos, a la vez que se exhibió el video conocido públicamente, donde pueden verse imágenes captadas por cámaras de seguridad, presentado como una de las pruebas principales por el Ministerio Público Fiscal y la querella particular.

   Para hoy se esperaba la convocatoria a varios testigos, recordándose que en este juicio oral se acumularon las causas por homicidio en grado de tentativa en perjuicio de Gerardo Bustos y lesiones leves, cuyo afectado resultó ser su hijo.  Otra de las novedades fue la aparición de Vicente Castagnoli, por quien en las primeras audiencias debieron declarar los médicos para verificar su estado de salud, ante el repentino viaje realizado a Buenos Aires para su tratamiento.

   El cuerpo colegiado, a instancias del Ministerio Público Fiscal y la querella, declaró la rebeldía de Castagnoli, aunque no emitió orden de captura. Al regresar y poder hacerse presente en las jornadas del juicio, a pedido de la defensa los jueces dejaron sin efecto aquella declaración, permitiendo el ingreso del acusado.

Acusación

  La acusación presentada por el Ministerio Público Fiscal, que en las audiencias está representado por la fiscal general jefe Mirta Moreno fue presentada en diciembre de 2011 y debe evaluarse en audiencia preliminar su posible elevación a juicio oral.

   La causa está caratulada "Bustos, Gerardo y otro (menor) s/homicidio en grado de tentativa, lesiones leves-Trelew", donde resultan imputadas varias personas, entre ellas un menor de 18 años, además de Francisto Antonio Castagnoli, Rocco Castagnoli, Rodrigo Maximiliano Acosta, Oscar Moreno, Mauro Aguirre y Vicente Castagnoli, quienes tienen como abogado defensor a Gustavo La Torre.

Descripción del hecho imputado

  De acuerdo a la acusación presentada en este caso por el fiscal general Osvaldo Heiber, se encuentra acreditado en el presente caso, el hecho ocurrido el día 13 de agosto de 2011, en el horario comprendido entre las 13,10 y 13,30, cuando un grupo de personas, todos pertenecientes a la firma comercial Imola Automotores, ubicada sobre Avenida Irigoyen casi esquina Cambrin de Trelew, se encontraban reunidos previamente en el frente al comercio de mención, existiendo una rivalidad y motivado por el celo comercial comienzan una brutal agresión a los integrantes de la firma Ellinor SRL, Gerardo Bustos y su hijo.

  Justamente este último ingresa al comercio de su padre, en Irigoyen y Cambrin, distante unos 50 mts. del ya nombrado, cuando se acercan a la carrera, con la inequívoca intención de increparlo y buscando pelea dos menores. En esas circunstancias, Gerardo Bustos, advierte que desde la otra empresa venían en dirección a su negocio un grupo de personas, y temiendo por la integridad física, a quien creía se encontraba en la calle, sale raudamente y a la carrera hacia la puerta de acceso del negocio, siendo allí interceptado, comenzando una pelea a la que se sumaron Rodrigo Acosta y Oscar Moreno, aplicándole todos ellos golpes de puño y patadas en distintas partes del cuerpo.

  De esa manera, logran que Bustos cayera al suelo, sumándose Francisco Castagnoli, alias "peluca", quien utilizando una herramienta, tijera de cortar alambres o caños, de hierro de gran porte para aumentar su poder de ataque ofensivo, sabiendo lo que hacía, con intención de causar muerte, arengando a sus consortes de causa manifestándoles: "hay que matarlo, hay que matarlo...", golpeó salvajemente en al menos diecinueve oportunidades en distintas partes del cuerpo, algunas de ellas vitales, como cabeza, tórax y espalda a Bustos, quien sin posibilidad de defenderse y repeler cualquier agresión, permanecía tirado en el piso.

  Mientras era brutalmente golpeado, se suman a la agresión Mauro Aguirre, Rocco Castagnoli y Vicente Castagnoli, todos prosiguiendo con la golpiza de puño y puntapies, por un lapso de tiempo de aproximadamente 20 segundos, mientras la víctima se hallaba indefensa y sin reacción en el piso, y sin riesgo para los agresores, habiendo todos ellos tomado parte en la ejecución del hecho, actuando con la inequívoca intención de terminar con su vida.

  El Ministerio Público Fiscal señala también que el hijo salió en defensa de su padre, quien yacía en el piso mientras era salvajemente azotado, pero fue reducido y tirado al suelo por uno de los menores intervinientes en la agresión, sumándose luego el resto, para recibir golpes en distintas partes de su humanidad.

  Como consecuencia de tal accionar, Gerardo Raúl Bustos sufrió lesiones calificadas de carácter grave, en tanto a su hijo le produjeron heridas que fueron caracterizadas como leves. Analizado el plexo probatorio reunido en autos, el Ministerio Público Fiscal considera que se encuentra probada la materialidad de los eventos y la autoría responsable de los traídos a proceso, conforme a la imputación que a cada uno de ellos se le efectuara, todo lo cuál se corrobora a partir de los elementos de prueba que se consignan en la acusación.

Calificación Jurídica

  En lo que respecta a las calificaciones jurídicas se imputa a Francisco Antonio Castagnoli, Rocco Castagnoli, Rodrigo Maximiliano Acosta, Oscar Moreno, Mauro Aguirre, Vicente Castagnoli y el menor imputable por la comisión del delito de homicidio en grado de tentativa, en carácter de coautores, previsto y reprimido en los arts. 42, 79 y 45 del Código Penal.

  En todo caso, alternativamente este Ministerio Público le imputará a Francisco Castagnoli, el delito de homicidio en grado de tentativa en carácter de autor, y al resto de los imputados, Rocco Castagnoli, Rodrigo Acosta, Oscar Moreno, Mauro Aguirre, Vicente Castagnoli y el menor, el delito de homicidio en grado de tentativa en carácter de partícipes necesarios, previsto y reprimido en los arts. 42, 79, 45 y 46 del Código Penal. En este caso se les imputará la participación en el hecho, y no la ejecución del mismo.

    La pieza acusatoria querellante califica jurídicamente lo sucedido el 13 de agosto de 2011, entre las 13,10 y 13,30, como homicidio agravado en grado de tentativa, en carácter de coautores, artículos 42, 80 incisos 2 y 6 y 45 del Código Penal, y alternativamente lesiones graves agravadas, artículo 90 en relación con el 92 del mismo Código, teniendo como pretensión punitiva diez años de prisión.

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