Trelew

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Fiscal Mirta Moreno: “La tutela gremial es para defender trabajadores pero no habilita a cometer un delito”

  El sub delegado gremial de la UOCRA, Carlos Martín Ramos, deberà cumplir la prisión preventiva, en principìo por el tèrmino de 20 dìas, revisándose su situación el próximo 15 de mayo, de acuerdo a lo determinado por la Jueza Ana Laura Servent, tras una extensa audiencia de control realizada ayer en el tercer piso de los tribunales de Trelew.

  La calificación jurídica del delito endilgado es homicidio, en el marco del artìculo 79 del Código Penal, por lo que se concretò la apertura de investigación que estarà a cargo de la fiscal general Jefe Mirta Moreno. El hecho ocurriò en un sector del barrio Planta de Gas y la vìctima resultò ser Sergio Hugues, quien murió como consecuencia de una certera puñalada en el corazón, según verifican los certificados correspondientes.

   El imputado confesò haber sido el autor, aunque difirió de la presentación fiscal, que sindica al indicado Ramos como responsable, luego de haber llegado a un sitio donde se encontraba la vìctima junto a otras personas, luego de haber jugado al fútbol. De acuerdo al relato, el agreso habrìa arribado junto a otros sujetos, con un cuchillo en su mano, mientras otro de los individuos portaba una escopeta con la que amenazaba al grupo.

  La reacción del gremialista se habrìa producido luego que su hijo recibiera algunos puntazos por parte de un primo de Hugues, situación que provendría de un enfrentamiento que llevarìa su tiempo y por el cuàl se habrìan proferido amenazas, existiendo temor en algunos de los familiares de la vìctima. Finalmente Ramos matò de una puñalada a Hugues, para luego permanecer oculto, entregándose voluntariamente en el mediodìa de ayer, llevándose adelante a las pocas horas el control respectivo respecto de su detención.

   Ramos, en su confesión, pidió perdón a la madre y la mujer de Hugues, presentes en la sala, entablándose un tenso diàlogo, donde el victimario decìa no haber querido matarlo y la mamà de la vìctima cuestionaba su accionar y le solicitaba arrepentimiento, en medio del llanto de ambos. Luego, contò su versión, señalando que reaccionò ante alguna situación vivida por su hijo, saliendo de inmediato a buscar responsables, encontrándose con estos muchachos, discutiendo con Hugues, a quien conocía.

   Admitiò que lo matò, pero dijo que fue un accidente, ya que el cuchillo lo tenìa quien resultò muerto, y al forcejear viò que en un momento se desvaneció. “Nunca quise matar a nadie”, aseverò Ramos, aunque en algún momento reconoció que por algún momento se perdiò y no sabìa que podría haber sucedido, a la vez que indicò que fue solo con su hijo.

  El Ministerio Pùblico Fiscal aludiò al testimonio dado por dos de los presentes, que concuerdan en las formas y cantidad de agresores, al momento de los hechos, y si bien habìa muchas personas, la mayorìa de ellas no quiere hablar por el temor existente. Agregò la fiscal Moreno que quien portaba la escopeta se encuentra actualmente prófugo.

  Expuso sobre el peligro de fuga y entorpecimiento, argumentando la gravedad del hecho, el daño producido y la influencia que podría ejercer sobre presuntos testigos, lo cuàl ha quedado demostrado. En tanto, la defensa, ejercida por Matìas Cimadevilla, rechazò lo propuesto por la fiscalìa respecto a las medidas de coerciòn, solicitando sustitutivas, ofreciendo la firma del libro en oficina de ejecución en forma diaria y subsidiariamente el arresto domiciliario, esgrimiendo que se tratò de legìtima defensa.

Los fueros gremiales

  Tal vez el punto principal de la audiencia fue cuando el defensor puso en conocimiento de la Jueza la representación gremial como subdelegado en una empresa de la UOCRA, lo que fue constatado a travès de las certificaciones presentadas. Ramos ejerce desde el 29 de julio de 2011, hasta el mismo dìa de 2013, y de acuerdo al abogado, estarìa amparado por el artìculo 248 de la Constitución Provincial, que brinda inmunidad para estos representantes, la que solo serà no tenida en cuenta en caso de ser detenido en flagrancia.

  Enfatizò el profesional que esa norma està por encima de cualquiera, es de rango constitucional, agregando que su cliente nunca quiso obstaculizar el probable proceso, demostrando èsto con la presentación voluntaria, cuestión que se estaba negociando hacìa varios dìas con el director de la oficina judicial.

No habilita a cometer delito

  La doctora Moreno, quien estaba acompañada por los funcionarios de fiscalìa Silvia Iglesias y Gustavo Núñez refutò las expresiones del defensor, en primer tèrmino dando a entender que la postura sobre los fueros debió haber sido expuesta como cuestión previa. Ahora ya el imputado confesò como diò muerte a Sergio Hugues, presentándose luego que el 20 de abril se produjeran los sucesos, en un contexto de un proceso iniciándose en en su contra.

  Refiriéndose concretamente al artìculo 248, manifestò que la norma expresa claramente sobre la injerencia gremial en la decisión sobre la libertad de su representante, y textualmente indica que el gremio “aconseja”, no impone la libertad, lo que marca una diferencia con un legislador, un juez o un concejal, por ejemplo.

  Mas adelante, dijo que la tutela gremial està hecha para ser ejercida en defensa de los trabajadores, pero no habilita para cometer un delito, mucho menos del tenor de un homicidio: “la tutela gremial no implica un derecho especial del cuàl gozan los representantes gremiales”, manifestò Moreno, dando a conocer una serie de artículos previstos en la Ley 23551, relacionada con los derechos de los trabajadores, en la cuàl se apoyaron los constituyentes para implementar los fueros gremiales.

  Pero tambièn trajo a colación la doctrina y jurisprudencia producida en torno al tema y que marca antecedentes al respecto. En efecto, la fiscal mencionò un fallo dado en Neuquen el 28 de junio de 2012, que consideró no tratarse de un fuero que lo sustraiga de una investigación penal, no siendo especial ni habla de inmunidad especìfica.

  Por otro lado, lo relacionó con el artículo 52 del Código Procesal Penal, reafirmando que esta norma que se trata de imponer no es aplicable en este caso particular. El doctor Cimadevilla intentó rebatir lo antedicho, justificando que se daban diferencias entre Chubut y el resto de las provincias, ya que aquí tendría rango constitucional, pero la fiscal dijo que en Neuquén la inmunidad gremial está fijada en el artículo 43 de la Consttuciòn provincial, y aún así existe el fallo que sienta precedente doctrinario, no teniéndose en cuenta para determinados delitos que nada tienen que ver con la actividad gremial.

Tener fueros no es un escudo

  En su resolución, la Jueza Laura Servent, aclaró que no es un caso sencillo y sin embargo se puede arribar a una determinación, donde si bien no puede desconocer la calidad gremial, ha quedado probada la autoría y materialidad del hecho, confesada por el propio imputado.

  Pero profundizó expresando que lo ocurrido ha sido por razones familiares, que nada tienen que ver con una representación gremial, como quedó evidenciado en el transcurso de la audiencia. Analizando las distintas posturas sobre el tema de los fueros concluyó: “no se puede decir que tener fueros sea un escudo para la impunidad”, no haciendo lugar al planteo argumentado por la defensa respecto a este tema.

  Procedió luego a la apertura de investigación por homicidio, teniendo como existentes los peligros procesales de fuga y entorpecimiento, decretando la prisión preventiva hasta el 15 de mayo próximo, fecha en que se revisará la situación del imputado.

  Además, dispuso que la policía de la jurisdicción realice rondines, previendo incidentes entre familiares del imputado y de la víctima, a partir de los dichos efectuados por la esposa de Hugues, quien denunció persecuciones y amenazas. Finalmente ordenó se oficie nota al gremio de la UOCRA, donde se informe la situación procesal de Ramos, para que aconseje su libertad o disponga el desafuero, según reza el artículo 248 de la Constitución Provincial.

 

 

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