Trelew

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Fueron condenados policías por grave hecho de violencia institucional

Tras un largo proceso y con la condena impuesta a todos los efectivos policiales participantes de un hecho de violencia institucional ocurrido en septiembre de 2018, el Ministerio Público Fiscal representado por el fiscal general Fabián Moyano, a quien acompañaron durante la investigación las funcionarias Cristina Rotjer y Mónica Carlassare, pudo dilucidar lo sucedido aquel día, habiendo admitido los involucrados la participación de acuerdo a las acusaciones respectivas.

Los hechos

Fue así que se acreditó que el día 7 de septiembre a las 23,30 comenzó una persecución desde avenida de los trabajadores casi Colombia en Trelew, por parte de un móvil policial hacia un vehículo particular. En el primero se encontraban el oficial ayudante a cargo Héctor Fabián Almirón con efectivos de la seccional segunda, Luciano Nildo Toranzo conduciendo, y los disponibles sargento Luis Alberto Cuevas y agente Ricardo Alex Jesús Rodríguez. Dicha persecución se inicia por la intención de demorar a los ocupantes del vehículo quienes no acatan la orden de detenerse y se dirigen raudamente hacia una vivienda situada en pasaje norte, en la que residía quien finalmente efectuó la denuncia y su mujer, tía del conductor de lauto, junto a tres hijos menores.

El auto alcanzó a ingresar al patio delantero de la vivienda, que también funge de estacionamiento, y detrás llega el móvil policial. En el interior de la casa se encontraba el propietario durmiendo y su mujer cenando con dos hermanas, todas junto a sus hijos menores de edad, entre ellos un hijo de 16 años. Los cuatro policías bajaron armados del móvil y mediante un reparto de tareas, el cabo 1ro. Toranzo se dirigió al auto marca Peugeot 207, seguido por el sargento Cuevas y el agente Rodríguez, que apuntaba al interior del rodado con su arma reglamentaria. Los tres efectivos policiales ingresaron así, sin contar con orden policial, ni existir motivos de urgencia ni causa probable que acreditara la necesidad de ingresar violentamente, de noche, a esa dependencia inmediata a la morada, mientras que el oficial ayudante Almirón permaneció sobre la calle, a pocos metros, exhibiendo su arma entre sus manos.

Los policías desplegaron este accionar ignorando deliberadamente a la mujer que para entonces había salido de la casa junto a sus hermanas, y se había dirigido a los efectivos policiales preguntando que sucedía y diciéndoles que se detengan porque había menores en el hogar. En ese instante, el agente Rodríguez le asestó una fuerte patada al perro tipo caniche de la familia que merodeaba el sitio. Al no obtener respuestas, ni haberse identificado los efectivos, la señora tomó su teléfono celular para filmar lo que ocurría y para impedirlo el oficial ayudante Almirón le asestó un fuerte golpe en la mano que hizo caer el teléfono al suelo, rompiéndolo y lastimando a la mujer en uno de sus dedos, por lo que la mujer salió corriendo en dirección a casa de su hermana, a pocos metros de allí.

En el mismo momento, los ocupantes del auto Peugeot salieron por las ventanillas, ante el bloqueo de las puertas, y arrojando piedras a los uniformados, éstos respondieron de la misma manera, pero además comenzaron a disparar hacia las personas y la vivienda proyectiles de plomo y postas de goma con armas de fuego reglamentarias y escopetas. A su vez y debido a los estruendos y gritos, el propietario se había despertado y salió de la vivienda desarmado y con las manos en alto, pidiendo a los policías que se detengan, momento en que el cabo Rodríguez, sin motivo alguno, portando una escopeta anti tumulto, le disparó consciente y voluntariamente, hiriéndolo en su humanidad, situación que fue constatada por el médico de guardia y acreditadas luego por el médico forense, contabilizando al menos 16 heridas producidas por impacto con postas de goma.

Estos policías, alternándose con otros que fueron arribando desde distintas dependencias policiales, al menos seis efectivos más, y que no pudieron ser identificados en el lugar, se plegaron al ataque actuando de manera conjunta, disparando con armas de puño, escopetas AT y arrojando piedras hacia la vivienda y los vehículos, y golpeando las cámaras de video vigilancia y los autos de las víctimas, mientras éstas se refugiaban en el interior de la casa. Uno de los policías que se plegó al accionar ilícito fue el cabo primero Javier Marcelo García, que llegó al lugar y efectuó disparos con su arma reglamentaria. Por su parte, Almirón, valiéndose de su tonfa, se adentró en la propiedad y rompió una de las cámaras exteriores, además de efectuar golpes a los automóviles, mientras otro policía tomó un bloque de grandes dimensiones y deliberadamente lo arrojó contra la luneta trasera de uno de ellos.

Los uniformados se retiraron del lugar, llevándose detenido a uno de los ocupantes del Peugeot, previo bajarlo del auto y apuntarlo con un arma de fuego e hiriéndolo en su mano derecha. Con estas acciones los policías lesionaron a cuatro personas, entre ellas un menor, y causaron los siguientes daños materiales: rompieron los cristales de la ventana del frente de la casa, la puerta de chapa, la cama elástica, los cristales, espejos retrovisores, luneta y micas de un vehículo Vento, una de las cámaras de seguridad, varios elementos de cocina y muebles que se hallaban en el interior del hogar, y puertas y paredes de la casa.

Las acciones descriptas fueron desplegadas por los efectivos de manera desmedida, ilegal, arbitraria e irracional y en franca violación a los deberes de funcionario público y a los principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.

Juicios Abreviados y condenas

Tras el proceso respectivo encarado para con quienes resultaron acusados por los hechos entre los días 27 y 28 de diciembre de 2023, luego de las audiencias respectivas, la Jueza Ivana González resolvió homologar lo presentado en cuestión previa por las partes y aplicar el instituto de juicio abreviado previsto en el artículo 355 del código procesal penal, admitiendo los acusados los hechos registrados, evitando llegar de esta manera a un juicio oral y público.

Así, resolvió condenar a Héctor Fabián Almirón, Ricardo Alex Jesús Rodríguez, Luis Alberto Cuevas y Luciano Nildo Toranzo, por el hecho ocurrido el 7 de septiembre a las 23,30 y el ocurrido en igual fecha, cuatro horas más tarde por parte de Héctor Fabián Almirón, calificado respecto del último de los nombrados como constitutivo del delito de allanamiento ilegal, dos hechos, en concurso real con lesiones leves agravadas por haber sido cometidas abusando de su función como miembro de la fuerza policial y por la utilización de arma de fuego, cuatro hechos y con daños en calidad de coautor, en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público en calidad de autor. En relación a Luis Alberto Cuevas, calificado como autor de los delitos de allanamiento ilegal en concurso real con lesiones leves agravadas por ser miembro de la fuerza policial abusando de su función y por utilizar arma de fuego, cuatro hechos y con daños, en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público. Ricardo Alex Jesús Rodríguez, como autor de los delitos de allanamiento ilegal en concurso real con lesiones leves agravadas por haber sido cometidas por un miembro de la fuerza policial abusando de su función y por la utilización de arma de fuego, cuatro hechos y con daños, en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público. Y en relación a Luciano Nildo Toranzo como autor del delito de allanamiento ilegal en concurso real con lesiones leves agravadas por haber sido cometidas por un miembro de la fuerza policial abusando de su función y por la utilización de arma de fuego, cuatro hechos, y con daños, en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público.

De tal forma a Héctor Fabián Almirón se le impone la pena de dos años de prisión de ejecución condicional con más la inhabilitación especial para ejercer la función policial por el doble de tiempo de su condena, esto es por cuatro años, accesorias legales y costas. Para el caso de Luis Alberto Cuevas, Ricardo Alex Jesús Rodríguez y Luciano NIldo Toranzo, se impone la pena de un año de prisión de ejecución condicional con más la inhabilitación especial para ejercer el cargo por el doble de tiempo de su condena, esto es por dos años, accesorias legales y costas.

Luego de otra audiencia donde se acordó la aplicación de juicio abreviado, la Jueza Ivana González resolvió condenar en fallo emitido el 27 de diciembre de 2023, a Javier Marcelo García, por el hecho ocurrido el 7 de septiembre de 2018 a las 23,30, calificado como allanamiento ilegal en concurso real con lesiones leves agravadas por haber sido cometidas por un miembro de la fuerza policial abusando de su función y por la utilización de arma de fuego en concurso real con daños y en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público en carácter de autor, a la pena de un año y tres meses de prisión en suspenso y el doble de tiempo, esto es dos años y seis meses de inhabilitación especial para el ejercicio del cargo, accesorias legales y costas.

Finalmente, el dìa 14 de febrero pasado, la doctora Carolina Marìn homologò la sentencia mediante la cuàl hace lugar a la petición de las partes de proceder abreviadamente de acuerdo al artículo 355 del código procesal penal, determinando condenar a Nelson Fabiàn Cárcamo por el hecho ocurrido cuatro horas después del suceso principal que tuvo lugar el 7 de septiembre de 2018 a las 23,30, calificado como constitutivo del delito de allanamiento ilegal, un hecho, en calidad de coautor imponiendo la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional con más la inhabilitación especial para ejercer el cargo por el doble de tiempo de su condena, accesorias legales y costas.

En todos los casos se impone a los condenados diversas reglas de conducta y deberán comparecer a firmar a la agencia de supervisión dependiente de la oficina judicial de Trelew, pautas que deberán ser observadas cabalmente bajo apercibimiento de revocárseles la modalidad de la condena impuesta.

Cabe destacar que durante todo el proceso, donde el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el fiscal general Fabián Moyano, a quien acompañaron durante el tiempo de investigación las funcionarias Mónica Carlassare en un principio, y Cristina Rotjer, también acudió como querellante la oficina de violencia institucional, que estuvo representada por Carlos Pericich en representación de las víctimas de los hechos, pudiendo llegarse a la instancia definitoria con la condena a todos los participantes acusados.

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