Una intensa jornada se vivió hoy en áreas de los tribunales en Trelew, teniendo en cuenta los procedimientos llevados adelante en torno a la causa que investiga la muerte de Sergio Alejandro y Matías Denis Aballay, ocurridas en el barrio Tiro Federal durante las primeras horas del domingo 9 de marzo.
La detención de Horacio Alejandro Blanco luego de su búsqueda, lograda en una localidad de Río Negro, y el testimonio de quien presenciara todo lo sucedido, pareja de Sergio Aballay, ocuparon la atención durante buena parte de la mañana y la tarde, realizándose la audiencia de control respectiva pasadas las 14 en la sala de la cámara penal, ubicada en el sexto piso.
El testimonio de quien es considerada la testigo mas importante se realizó en la modalidad cámara gessel, y fue tomado como anticipo jurisdiccional de prueba, asistiendo el Juez y las partes. En este sentido cabe destacarse la labor del servicio de asistencia a la víctima del delito (savd), cuyos integrantes evitaron la posibilidad de exponer a la mujer en una audiencia con la presencia del imputado, lo que hubiera aportado a la revictimización, además de la posible generación de momentos desagradables e imprevisibles, a partir del estado emocional mantenido desde que se dieron los hechos, sumado a la presencia del imputado.
Lo cierto es que la deposición culminó pasadas las 13,30, y a partir de allí se dispuso todo para el inicio de la audiencia de control, que contó con el juez César Zaratiegui, y en representación de la parte acusadora el fiscal general jefe Arnaldo Maza, junto al funcionario de fiscalía Lucas Koltsch y el abogado de confianza de la familia Aballay, Martín Castro. En tanto, la defensa fue ejercida por Sergio Rey
Los hechos
El doctor Maza expuso los hechos imputados, indicando que cerca de la 1,20 Sergio y Matías Aballay, de 26 y 23 años, se acercaron a un comercio del barrio Tiro Federal, acompañados por la señora del primero y la hija de dos años. Se trasladaron en un vehículo Focus, y se encontraban compartiendo un asado en casa de los padres de Aballay, ubicada en barrio 53 viviendas.
Cuando desciende del automóvil, Sergio Aguero observa disturbios y cuando intenta averiguar sobre lo que sucedía se habría acercado Blanco, acercándose en demasía, provocando que Aballay lo empujara. La mujer y el hermano, al ver lo que sucedía se bajaron del auto y lo sacaron de allí, decidiendo trasladarse a otro comercio, ubicado a unas tres cuadras.
Nuevamente el que desciende en la oportunidad es Sergio Aballay, para comprar cerveza en ese local. Mientras esto sucedía, quienes habían quedado en el vehículo observan que se les acerca un vehículo color blanco, de donde desciende el imputado y pueden distinguir que lo hace portando un arma, realizando inclusive el gesto que refiere a la carga con proyectiles, provocando la expresión de la mujer: "este tipo viene con un arma...".
Allí habría reaccionado Matías, quien intenta ubicarse en el lugar de conductor intentando arrancar, pero Blanco accede al lugar efectuando tres disparos, que impactan en el parabrisa, en una parte de la puerta trasera y el restante ingresó por ventanilla hiriendo al nombrado. Ante los estampidos, Sergio vuelve rápidamente hacia el sitio, pero aproximándose Blanco le pone el arma en la cabeza y le dispara, provocándole la muerte casi en forma instantánea, para luego subir velozmente en su vehículo y darse a la fuga.
La testigo manifestó conoceer a esta persona, y posteriormente recabando mayores datos, se llega a la conclusión que se trataba de Horacio Blanco. Mas adelante se realiza allanamiento en la vivienda del nombrado, encontrándose alguna documentación a su nombre, como así también se logra el secuestro del auto, con papeles que lo identificaban, estando ocupado por cuatro personas. Finalmente, el martes 11, contándose con una gran tarea policial, se detiene a Blanco en un paraje a 60 km de Sierra Grande.
El Ministerio Público Fiscal imputó a Horacio Alejandro Blanco por homicidio agravado por uso de armas, dos hechos en concurso real con homicidio agravado en grado de tentativa, dos hechos, esto último en perjuicio de la mujer y su hija de dos años. Consideró el fiscal Maza que con los elementos detallados en el relato estaba certificada la probabilidad de autoría, argumentando sobre los peligros procesales de fuga y entorpecimiento, valorando las características graves del hecho, el daño resarcible, la pena esperada cuyo mínimo para el delito es de diez años y seis meses y poniendo énfasis en el comportamiento de Blanco, quien luego se fugó de la zona.
Solicitudes de la defensa
El defensor Sergio Rey dijo que con el transcurrir de la investigación se llegará a una hipótesis diferente, aseverando contar con dos testigos presenciales que echarán por tierra los dichos de la señora de Aballay, y solicitó la revisación médica de su cliente, esgrimiendo que habría un posible rastro en su frente que tendría vinculación con lo sucedido. Por otro lado, pidió se le efectúe una rinoscopía, la que debería estar a cargo del Ministerio Público Fiscal, lo que fue rechazado por los representantes de este organismo.
En otra parte de su alocución solicitó se aclare por parte de su defendido algunas versiones periodísticas, negando enfáticamente haber sido enviado por personal policial en carácter de sicario. Además recusó al fiscal general, doctor Maza, por animosidad contra su persona, a la vez que rechazó los dichos de la testigo principal, los que consideró contradictorios.
Resolución
Luego de un breve cuarto intermedio, el Juez César Zaratiegui resolvió la prisión preventiva de Horacio Alejandro Blanco hasta la audiencia preliminar, previa al juicio oral, afirmando la probable autoría y apoyando la postura fiscal sobre el peligro de fuga, hablando de correspondencia entre los dichos testimoniales y los hallazgos físicos.
Hizo lugar al pedido defensivo, pidiendo el cambio del lugar de detención de la alcaidía a la seccional tercera, ya que el doctor Rey aseveró que de lo contrario correría riesgo su vida. También accedió el magistrado para que el imputado sea revisado por el cuerpo médico forense y resolvió que la rinoscopía pedida debía correr por cuenta de quien la solicita, como producción de prueba de parte.
En cuanto a la recusación interpuesta, se remitió al artículo 117 del Código Procesal Penal, debiendo efectuarse la misma en el Ministerio Público Fiscal para que se tomen allí los recaudos administrativos correspondientes, y recién después se podría llegar a realizar una audiencia al respecto.
El padre
Se destaca que en la sala estaba el padre de los hermanos Aballay, permanentemente acompañado por profesionales del servicio de asistencia a la víctima del delito, en la permanente tarea de contener a quienes hoy se encuentran afectados por las consecuencias de un hecho tan doloroso como aberrante.