En una audiencia de control, el Ministerio Público Fiscal, a través de la funcionaria de fiscalía Claudia Ibáñez, imputó a una persona menor de edad la presunta participación en un robo agravado por el uso de arma en poblado y en banda, delito enmarcado en los artículos 166 inciso segundo y 167 del Código Penal.
Hecho
Tomando como elementos la actuación policial y las declaraciones de las víctimas, la funcionaria expuso sobre el hecho ocurrido el 13 de mayo, aproximadamente a las 2,30, cuando una pareja caminaba por la zona de 25 de mayo y rotonda de Oris de Roa, en Trelew, siendo abordados ambos por tres individuos que portaban cuchillos tipo navaja, con los cuales amenazaron y les sustrajeron los teléfonos celulares, además de una billetera conteniendo algo de dinero y documentos varios.
No conformes con esto, la emprendieron a los golpes, logrando que las víctimas caigan al suelo, y mientras proseguían agrediéndolos les robaron prendas de vestir, entre ellas un par de pullóveres, camperas y un pantalón. Al reincorporarse, los agredidos intentaron alejarse del lugar, siendo perseguidos y amenazados para que no efectúen denuncia.
Sin embargo, la policía recibió al menos dos llamados de personas advirtiendo sobre lo que estaba sucediendo, y dirigiéndose a la zona indicada, dan con tres jóvenes, dos de los cuales logran alejarse corriendo y el restante permaneces siendo demorado, aunque sin tener certeza acerca de su participación. Trasladado a la comisaría tercera el menor de 16 años entrega elementos que son depositados en un cofre, firmando un certificado que constata dicho procedimiento.
Pero la misma policía encuentra a la pareja perjudicada caminando hacia el hospital, debido a lesiones padecidas por la mujer, y allí dan mayores precisiones sobre lo ocurrido, verificándose que entre los elementos entregados en la comisaría por el demorado, estaban los documentos robados, entre otras cosas.
Ante esto, el Ministerio Público Fiscal efectuó la imputación correspondiente, solicitando a su vez la prisión preventiva por 15 días, en el lugar destinado a menores argumentando los peligros de fuga y entorpecimiento, al considerarse las características graves del hecho, a partir de la utilización de las armas y el perjuicio causado, mas allá de la pena que pueda esperarse en un delito de este tipo. También remarcó la existencia del peligro de entorpecimiento.
Defensa y asesoría
Contrariamente a lo expuesto por la representación fiscal, tanto el defensor Marcos Nápoli como el asesor de menores Pablo Rey, hablaron sobre ilegalidad de la detención, tratándose de un menor y poniendo en crisis la posibilidad que haya sido por un hecho delictivo. Según manifestaron, no fue detenido en flagrancia, de acuerdo a la normativa debió ser entregado a sus padres, si se trataba de una falta contravencional. El defensor también aludió a una requisa, que no correspondería en este caso, impugnando todo lo actuado, aunque subsidiariamente y si el juez no aceptara lo anterior, propuso medidas sustitutivas, como la firma del libro en oficina de ejecución, mientras a su vez el asesor ofreció el ingreso del menor a un programa preventivo.
Procedimiento legal
La funcionaria de fiscalía enfatizó acerca de la legalidad del procedimiento, toda vez que los agentes policiales actuaron según los llamados recibidos y los jóvenes fueron hallados en forma casi inmediata, a poca distancia de donde se produjo el episodio denunciado, por lo que habían estimado una posible vinculación del jóven, lo que después se confirmó con la declaración de las propias víctimas y el hallazgo de los documentos entre las cosas que llevaba consigo el detenido.
Resolución
Esto mismo fue valorado por el juez César Zaratiegui al momento de dar a conocer su resolución, dando validez además al acta policial donde se hace referencia a la detención y los elementos entregados por el menor en la comisaría, no haciendo lugar a las impugnaciones elevadas por el defensor y el asesor de menores. En consecuencia, consideró la probable autoría y el artículo 221 inciso 2do. del código procesal penal, refiriendo a la proyección de pena y la gravedad del hecho con el grado de violencia establecido, para decidir la prisión preventiva por 15 días, la cuál se llevará adelante en el Cose (centro de orientación socio educativa), dando cumplimiento al artículo 408 inciso f, del código procesal penal en su espacio sobre reglas especiales para niños y adolescentes.
Por otra parte, procedió a dejar abierta la investigación por el término de seis meses, quedando a cargo de la misma el fiscal general Osvaldo Heiber, tal lo informado por la funcionaria de fiscalía, doctora Ibáñez.