Juan Matías Sánchez, de 23 años y María Eugenia Valdez, de 22, ambos nacidos en la provincia de Salta, debieron reconocer haber sido coautores de las lesiones graves padecidas por su pequeño hijo, accediendo a un juicio abreviado, previsto en el artículo 355 del Código Procesal Penal.
De esa manera, evitaron hacer frente a una audiencia de debate, la que estaba convocada para esta mañana, postergándose su inicio previsto para las 8, ocurriendo finalmente pasadas las 10,50, debido a problemas surgidos en la parte técnica. Para la ocasión, se había conformado el tribunal de enjuiciamiento integrado por Adrián Barrios, como presidente, acompañado por Sergio Piñeda y Alejandro Defranco.
Acuerdo para juicio abreviado
En la instancia de cuestiones previas, la Fiscalía, representada por el Fiscal General César Zaratiegui y el funcionario de fiscalía Lucas Koltsch, informaron sobre la posibilidad de un acuerdo entre las partes a fin de procederse a la aplicación del instituto denominado juicio abreviado. En éste, los acusados reconocen su autoría, debiendo tener el delito una pretensión punitiva menor a los seis años de prisión.
Para la realización de este juicio abreviado era necesaria la designación de un solo juez, para lo cuál se podría llegar a través de un sorteo o elección entre los tres concurrentes al debate ordinario. Por otro lado, los defensores Marcos Nápoli, del jóven Sánchez, y Lisandro Benítez, de la mujer, dejaron constancia de la conformidad en tal sentido.
Ante esto, las partes y los magistrados procedieron a verificar la respectiva designación, recayendo en el doctor Sergio Piñeda, llevándose a cabo inmediatamente el evento acordado.
Argumentación
Fue el Fiscal General César Zaratiegui quien tuvo a su cargo la argumentación sobre los cargos imputados a los padres salteños, señalando que se había postulado en su momento dos acusaciones, una principal consistente en tentativa de homicidio agravado por el vínculo en carácter de coautores, artículos 80, inciso 1ro., 42 y 45 del Código Penal, y una alternativa: lesiones gravísimas agravadas por su vínculo, artículos 45, 91 y 92 del Código Penal, también en carácter de coautores.
Calificación definitiva
Sin embargo, la propia fiscalía en contacto con testigos y galenos intervinientes en el proceso y convocados a este juicio, se llegó a la conclusión sobre lo improbable que resultaría justamente probar el posible dolo homicida de los acusados, teniendo en cuenta un hecho privado, donde los únicos presentes son los involucrados. Del mismo modo, es el padre de la criatura quien llega con al hospital solicitando la ayuda necesaria.
La situación habría ocurrido entre las 20 del 21 de noviembre de 2011 y las 00:00 del 22, provocando los padres en perjuicio del hijo pequeño diversas lesiones calificadas de gravedad. Se deduce que fueron ocasionadas en el interior del colectivo, devenido en precario motor home, que se hallaba estacionado en un lote del barrio Juan Moreira lll de Trelew, fungiendo el mismo como domicilio familiar.
El cuadro lesional tuvo la entidad suficiente para colocar al pequeño en riesgo de muerte, la que fue evitada en forma urgente, oportuna y correcta, gracias a la asistencia médica llevada a cabo por los profesionales de la salud del hospital zonal de Trelew, intervinientes cuando el niño fue llevado a ese nosocomio por sus progenitores.
Las numerosas consultas realizadas permitieron confirmar el grado de las lesiones, y determinar que habrían ocurrido unas tres horas antes de llegar al centro de salud. A la vez, verificaron y aclararon que se trata de lesiones graves, por lo que se calificó jurídicamente el delito como lesiones graves agravadas por el vínculo, artículos 90 y 92 del Código Penal.
Elementos
Se confirmó que las mismas no se compadecen con una caída, y de acuerdo al tiempo en que habrían ocurrido, colocan al señor Sánchez en el lugar de los sucesos. Aquí, dijo Zaratiegui, se juzga la autoría por comisión u omisión, considerándose esto último como la obligación de evitar lo sucedido.
Los padres son garantes de la guarda de sus hijos y no se pueden exculpar, sino que deben asumirse como responsables, y como tales deberían considerarse como autores de las lesiones.
Luego el Fiscal enumeró los elementos colectados para confirmar la acusación, exponiendo sobre entrevistas, certificados y pericias. Sin embargo, también refirió a los informes sicológicos de los traídos al estrado, aseverando las profesionales que estas personas, aún jóvenes, han tenido una vida signada por carencias y violencia desde temprana edad.
Quedó clara, por otro lado, la consistencia de los vínculos que los unen al pequeño, verificado con los respectivos análisis de ADN que reafirmaron la paternidad. Así y todo, el juzgado de Salta autorizó al señor Raful para que se haga cargo del niño, tal lo informado por la asesoría de menores.
Pretensión punitiva
En lo que hace a la pena correspondiente, el Ministerio Público acordó con las defensas la prisión efectiva por el término de tres años, proponiendo que Sánchez continúe con el régimen actual, consistente en arresto domiciliario con salidas laborales, dispuesto por la jueza Laura Servent, justificando en la necesidad de apoyo a los otros dos niños de la pareja, hoy custodiados por parientes en Trelew.
En tanto, María Eugenia Valdez está con prisión preventiva, cumpliendo los ocho meses requeridos para la libertad condicional en los próximos treinta días. De todos modos, se sugirió una medida alternativa a la coerción actual, tendiente a la revinculación afectiva.
Acuerdo y reconocimiento
Tanto los defensores, como los acusados, manifestaron conocer los alcances de la aplicación de este juicio abreviado, estando de acuerdo en todo lo enunciado por el Minissterio Público Fiscal. Sánchez y Valdez reconocieron los hechos y aceptaron cumplir con lo pactado, en caso que el Juez así lo disponga.
El doctor Sergio Piñeda comunicará la sentencia definitiva el próximo día lunes 2 de julio a las 13, según anunció a las partes y a los imputados.
Juicio Abreviado (artículo 355 Código Procesal Penal)
Juez: Sergio Piñeda
Fiscalía: Fiscal General César Zaratiegui y funcionario de fiscalía Lucas Koltsch
Imputados: Juan Matías Sánchez y María Eugenia Valdez
Defensores: Marcos Nápoli y Lisandro Benítez
Lugar: sala 2, oficina judicial, tercer piso, edificio tribunales, Trelew