Audiencia de revisión de medida de coerción por robo agravado en grado de tentativa
De esta forma lo dispusieron las Juezas Margarita Pfister y Julia Lazcano, a solicitud del representante del Ministerio Público Fiscal, en la audiencia celebrada en la sala de la Oficina judicial de Monseñor D’andrea y Portugal de nuestra ciudad en relación al hecho ocurrido en perjuicio de un estudio jurídico del barrio Ceferino ocurrido el pasado 19 de mayo del corriente año, momento en que los imputados ingresan a un estudio jurídico portando un arma blanca y otra de fuego con intenciones de robo. La audiencia fue solicitada por la defensa de uno de los imputados, Andrés Maximiliano Díaz, quién viene cumpliendo el régimen de prisión preventiva en la Seccional 5ª de nuestra ciudad. El Ministerio Fiscal estuvo representado por el Dr. Mario Albarrán, Funcionario de Fiscalía y la defensa del imputado ejercida por el Dr. Alejandro Fuentes, abogado de confianza del mismo. La calificación legal provisoria del hecho es de “robo agravado en grado de tentativa en calidad de coautores” para Díaz y un menor que lo acompañaba. En el comienzo de la audiencia el defensor solicitó una medida sustitutiva de la prisión preventiva ya que “debe afrontar los gastos de su familia” al poseer un hijo menor y otro en camino. Asimismo argumentó que su defendido no posee antecedentes penales y que los presupuestos de peligro de fuga y entorpecimiento de la causa no se daban, ya que Díaz tiene arraigo en esta ciudad y posibilidades ciertas de obtener un trabajo en relación de dependencia. Se refirió también a que el día del hecho no pudo ser hallada el arma de fuego, pero si seis días después de cometido el mismo; por ello “la circunstancias de modo, tiempo y lugar no se dan para el arma, solicitando el beneficio de la duda por el principio de inocencia”. Solicitó al Tribunal su libertad con presentaciones dos veces por semana al Ministerio Público Fiscal y “subsidiariamente su arresto domiciliario con autorización de salidas laborales y la prohibición de acercamiento al estudio jurídico, el denunciante y los testigos del caso”. Por su parte el representante del Ministerio Público Fiscal realizó un relato del hecho al que calificó como robo agravado por el uso de arma de fuego y arma blanca en calidad de coautores para los imputados. También sostuvo que existen elementos de convicción suficientes para tener por probado el hecho que se investiga y argumentó que existe peligro de fuga por las características gravísimas del hecho y la pena que se espera en caso de ser encontrado culpable. A la vez se refirió al peligro de entorpecimiento que traería la soltura del imputado solicitando se mantenga la prisión preventiva hasta la culminación de la investigación. En su resolución las Juezas compartieron los dichos del defensor acerca de la excepcionalidad de la prisión preventiva, pero sostuvieron que “no es una norma estricta que deba aplicarse a todas las causas” y respecto a la pericia que se debe practicar al arma secuestrada que “no es el momento procesal para evaluar estas cuestiones”. Por lo que no encontraron que todos estos elementos puedan conmover la situación dictada por la Juez de la causa, Dra. Tassello y por lo tanto resolvieron “no hacer lugar a la medida sustitutiva planteada” y mantener la prisión preventiva del imputado.