Puerto Madryn

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Mujeres en la Justicia

Entrevista: Patricia Reyes y Marcela Pérez Bogado, juezas de Madryn

Mujeres en la Justicia

Las juezas Patricia Reyes y Marcela Pérez Bogado opinan de la condición de género, el Superior Tribunal de Justicia, la situación de las cárceles y el juicio por jurado. “El derecho penal debe ser la última instancia para resolver un conflicto”, afirman. También aseguran que el fin de la pena es la resocialización y no el castigo, pero que en las actuales condiciones no se logra cumplir.

Patricia Reyes y Marcela Pérez Bogado son las únicas mujeres juezas penales en Puerto Madryn. Coinciden en ocupar el cargo por vocación. “Tenía 12 años cuando dije que quería ser jueza –afirma Reyes-. Era muy chica y mis papás me miraron con cara rara, porque en mi familia no había nadie ligado al derecho”. A su lado, Pérez Bogado, opina que “no había otra carrera”. “De chica era la típica defensora de pobres, menores y ausentes (risas). Cuando decidí que iba a estudiar, elegí ser abogada, y prepararme para la carrera judicial. No hay abogados en mi familia, que es extensa, o sea que es pura vocación”.

Ambas creen que no pesa la condición de género dentro de su carrera. “En nada, ni en la carrera ni cuando estudié. No me pesa la cuestión de género en ningún aspecto. Ni trabajando en Fiscalía o Juzgados de Instrucción, o ahora como jueza. Y eso que somos las únicas dos juezas en el ámbito penal”, afirma Reyes. “La carrera judicial es la única carrera donde se valora el esfuerzo personal y conocimientos del que concursa más allá del género”, coincide Pérez Bogado.

“La cárcel no permite la resocialización”

Las magistrados afirman que el fin último de la pena es que el condenado vuelva a la sociedad y si bien destacan las actuales políticas criminales, aseguran que en las condiciones actuales, “la cárcel no es resocializadora”. Actualmente cumplen la función de Ejecución Penal, es decir, de controlar las fases que va cumpliendo una persona que fue condenada. “La condena termina el día que se agota. Mientras tanto, los condenados se encuentran siempre bajo el control, que es riguroso, de la ley 24.660”, afirma Pérez Bogado respecto a la ley de ejecución de la pena. “Tiene fases y progresividad. El fin último es que vuelvan a la sociedad”, añade Reyes. “No es un pase de fases o una superación de etapas por el mero transcurso del tiempo, tiene que haber un trabajo. Todos conocemos la situación real de nuestras cárceles. Entonces lo hacemos de acuerdo a esa situación”.

¿Cuál es esa situación?

“Los condenados en la ciudad y en la provincia cumplen condenas en comisarías y alcaldía porque no tenemos unidades penitenciarias –afirma la jueza Reyes-. Solo tenemos la U6 de Rawson, la U14 de Esquel y de Comodoro, que son penitenciarias nacionales y aceptan a los condenados con penas más graves. El resto, está dentro de las comisarías, la alcaldía y centros de detención, con la fuerza policial, que debe hacer prevención y seguridad en la calle, actuando como agentes penitenciarios, para lo cual no están formados, si bien hacen lo mejor que pueden”. “Nos preocupa –agrega Reyes-, porque hay comisarías que no tienen baños, no tienen patios, están yendo a la escuela en lugares reducidos, ellos han pintado salas de visitas para acondicionarlos como aulas, por ejemplo. Por más que se le ponga la mejor gana y que política penitenciarias ayude”.

“La política carcelaria de Chubut recién en este último tiempo empieza a emerger con fuerza y seriedad”, indica Pérez Bogado, pero afirma que “no hay una política carcelaria que permita aplicar la ley 24660 en su completitud. Ahora, hace un año cuando se empezó con educación en contexto de encierro, comenzó esto de brindar ciertas opciones para que ellos puedan decidir. Por supuesto que es voluntario, si bien la educación primaria es obligatoria, la secundaria es optativa. Pero bueno, uno puede brindar nuevas opciones para que ellos puedan ver que hay otra vida más allá de la que  hayan llevado o por el error que puedan haber cometido. La única forma de que puedan avanzar y tener un proyecto es, en este momento, a través de la educación, que les va a abrir puertas para el trabajo. En definitiva, lo que queremos no es tenerlos encerrados y un año más tarde volverlo a tener encerrado. Lo que queremos es que vuelvan a la sociedad, que se amiguen con la sociedad. Y que la sociedad se amigue con ellos, porque están estigmatizados. Es difícil, es difícil cumplir una condena y salir a la calle sin nada. Algunos cumplen su condena, salen con el título de la secundaria, incluso dentro de poco va a haber universitarios. Eso es mostrar que no importa lo que te haya pasado o lo que hayas hecho”

¿La cárcel es resocializadora?

“No en las condiciones que estamos", dice Reyes. "El fin de la pena es la resocialización y no el castigo. Lo dice la Constitución y todos los pactos que ha firmado Argentina, pero la realidad carcelaria es la que tenemos y no podemos cumplir con ese fin resocializador porque no se dan las condiciones”. “Pero también es cierto que hay personas que están condenadas que lo entienden y hay personas que están condenadas que no lo entienden -agrega Pérez Bogado-. A veces dicen que no se puede achacar la falta del Estado a la persona en la resocialización, pero hay personas que cumplen con las pautas, estudian y trabajan y otras personas que no”. “Tiene que ver con la personalidad, pero falta un tratamiento psicológico, el gabinete técnico criminológico; que no lo tenemos. Le podemos dar educación en contexto de encierro, charlas de INADI, charlas de Salud, cursos de superación personal. Lo hemos hecho dentro del año”. “Tiene que ver con las condiciones en las que se encuentran, hay 6 personas que terminaron la primaria, gente de más de veintipico, que demuestran las condiciones de vulnerabilidad en las que se encuentran”, agrega.

“Uno no llega a delinquir porque si, sino que hay una serie de causas anteriores de vulnerabilidad y hubo un Estado ausente. En esa primera etapa, la creación de esas causas que terminan en el delito, lo que se ve mucho es una falta de contención de la familia, falta de herramientas para superar la frustración, la falta del Estado”. “El derecho penal es la última ratio, la ejecución de la pena es la última etapa del derecho penal. Hasta que la persona delinca hubo una familia sin contención, no tuvo trabajo, no asistió a la escuela. El Ejecutivo antes falló y el Poder Judicial es el último estamento en intervenir”, afirman.

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“El acceso al Superior Tribunal tendría que ser de carrera o por examen”

Según datos de la Oficina de la Mujer, dependiente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, seis de cada diez integrantes de los poderes judiciales de todo el país son mujeres; pero, sin embargo, son los hombres quienes prevalecen en los cargos más altos. “Está por llegar la mujer al STJ. Coincidimos”, afirman ambas magistrados. “El acceso al STJ tendría que ser de carrera o se debería rendir un exámen dentro del Poder Judicial para llegar a ocupar un puesto de Ministro de la Corte de la Provincia, que es importantísimo. Es importante que el máximo tribunal este compuesto por gente formada, no solo académicamente sino también en la carrera judicial. Aquellos que hemos hecho la carrera desde los escalafones más bajos, nos damos cuenta que es importante dentro del Poder Judicial, más allá de la formación haciendo postgrados o estudiando”, coinciden.

¿Por ejemplo con la carrera judicial?

“Sí. Es más, está previsto como propuesta dentro de la Asociación de Magistrados”, explican. “El sistema de la carrera judicial serviría para seguir avanzando. Por ejemplo, nosotras que recién empezamos no estamos en la misma situación, por la experiencia, a magistrados con 15 años de antigüedad, eso debe ser reconocido y para eso es la carrera judicial. Ojalá que se pueda implementar,  porque todos los que elegimos estar en estos cargos de tanta responsabilidad y exposición, no queremos pasar sin dejar huella, sino que haya un buen recuerdo de la gestión como funcionarios. En general, todos los magistrados pensamos de esa manera”, indica Pérez Bogado.

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Las juezas coinciden en que el Derecho Penal debe intervenir “en casos graves, hechos realmente graves”. “El sistema penal está pensado para eso, por eso el Código está establecido como última instancia”, añade Reyes. 

¿Cuál es la función del derecho penal? Muchas veces se le exige cuestiones vinculadas a la seguridad o a poner fin a la violencia.

“No se tiene en cuenta, creo que por falta de información, de cuál es la función del derecho penal y del sistema judicial. Se judicializan cosas que deberían resolverse de otra manera. Tenemos un sistema de mediación pública, al que se puede acceder sin pasar por una denuncia. Cualquier conflicto entre personas, familiar, vecinal, cualquier cuestión que se haya dado de alguna situación problemática termina siendo una denuncia y con una expectativa que después es difícil que se pueda cumplir. No es el derecho penal el lugar donde va a resolver el conflicto de base, que a lo mejor es familiar, vecinal. El derecho penal tiene como fin último la cárcel, y no es la forma de resolver la mayoría de los conflictos”. “Creo que a veces los operadores jurídicos fomentamos esa judicialización de cualquier tipo de conflicto, que se podría resolver de otra forma”, opinan.

La mediación es un ejemplo. “Hay otras herramientas para la gente que a lo mejor satisface la solución del conflicto y no pasa por toda la cuestión que es un proceso penal”. “A veces, a la parte le preguntás que es lo que quiere y dice que solo quiere que le paguen la rotura del vidrio. Entonces, hay posibilidad de que se resuelva el conflicto de manera alternativa”, ejemplifica Reyes. “También es verdad que existe un ánimo de venganza. “Quiero llevarlo a juicio y que pague por lo que me hizo”, dicen, a veces ante conflictos menores. No estamos para eso, es otra la función del Derecho Penal”. “Nos resta tiempo, mucho tiempo. Entonces, estaría bueno que nos podamos dedicar justamente, el MPF a investigar los hechos graves, la defensa a defender en esos hechos graves, y nosotros a resolver”, puntualizan.

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Implementación del Juicio por jurados

PB: “Acá disentimos. Sería fantástico, soy convencida de que se tienen que implementar, nuestra Constitución así lo previó. Hay provincias que ya lo están implementando y a diferencia de los detractores del juicio por jurado, funciona bien. Es la última etapa dentro del proceso acusatorio. Las partes dueñas del conflicto y el jurado por particulares. Hay que implementarlo, no vamos a saber el resultado hasta que se implemente, por lo cual tampoco se pueden sacar conclusiones. Todo lo demás son meras alegaciones”.

PR: “Yo disiento. Creo que no estamos maduros cívicamente para hacer frente al juicio por jurado. En una ciudad como la nuestra tan chica, que si bien hemos crecido, la ciudad sigue siendo chica y es difícil que la gente esté ajena a lo que se está debatiendo. Se toma postura, y es inevitable, y eso es difícil de evitar, que se venga al juicio de forma “neutra””.

PB: “La cuestión es que pueden venir sin un conocimiento previo, pero al ver las pruebas que deben valorar, no van a poder decidir de otra manera. Si es absolución, es absolución”.

PR: “Lo difícil es que el Tribunal esté ajeno y que sea simplemente con lo que pasa en el juicio. Lo más fuerte es que la sociedad no está preparada. Lo vemos diariamente, ante delitos, que a veces no son graves, se pide la pena de muerte. La postura de la gente es vengativa”.

AMBAS: “Es una postura donde disentimos. En congresos donde hay posturas, cada una la mantiene”. PB: “La gente no es tonta. Será influenciable, o no. Lo difícil es la formación del jurado, porque hay una serie de incompatibilidades y no sé cuántos quedarían del padrón. Ahí veo un inconveniente práctico. Debería ser, en ciudades cercanas, intercambiar los jurados”.

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Días atrás, en una entrevista, un defensor afirmaba que los jueces están influenciados por el ánimo social ¿Es así?

“Lamentablemente hay una creencia de la Defensa de eso, de que los jueces no solamente somos influenciados por la sociedad, sino por las víctimas o por lo que pase alrededor. Permeables a todos. No es así”, asegura Reyes. “Yo no leo los diarios de los juicios donde intervengo, no miro la tele. Es un ejercicio mental. Llego al juicio y veo la carpeta, ahí veo de que se trata”, indica, por su parte, Pérez Bogado.

Rol de los medios de comunicación en cuanto a visión de seguridad/inseguridad o críticas al poder judicial.

Las juezas afirman que muchas de las críticas que recibe el Poder Judicial son por falta de conocimiento. “Hay mucho desconocimiento, algunas críticas son por desconocimiento de la ley, fundamentalmente. Nos pasa con el tema de las salidas transitorias”. “Pasa a nivel nacional o local”, agrega Reyes. Según Pérez Bogado, “nosotros aplicamos la ley, por ejemplo con las salidas transitorias. La ley 24660 prevé las salidas transitorias, donde se deben cumplir una serie de requisitos además del temporal, entonces algunas críticas cuando se otorga una medida –que está prevista por la ley-, creo que son por desconocimiento”.

El axioma de que los jueces solo hablan por sus sentencias, ¿creen entonces que es demodé y es necesario que el juez explique a la sociedad?

“No, es otra cosa. No hablamos de explicar la sentencia ni las decisiones, sino que cuando la información llegue a la gente, esa información sea correcta”. PR: “EL juez no debe explicar su sentencia, porque la sentencia debería explicar todo y debería ser comprensible para cualquier persona”, dice la jueza Pérez Bogado.

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¿Cómo toman que a veces se hable de “jueces garantistas” como algo peyorativo?

PB: “Se lo utiliza en forma despectiva. Pero las garantías son para todas las personas. Son para la víctima y para el imputado. Los pactos internacionales y por el principio de bilateralidad, las garantías son para ambas partes. A veces no se comprende este cierto oscurantismo del sistema penal, que el nuestro, al tener audiencias orales y públicas, cualquier persona puede asistir para ver qué es lo que pasa”. “Los funcionarios, tanto de fiscalía como defensa, son muy comprometidos. Dentro de la circunscripción, no se le puede hacer la crítica de que “el fiscal no va al lugar del hecho” o que el defensor no está, eso aquí no pasa. Por eso tenemos los despachos llenos de carpetas (risas). Ambas partes cumplen su rol acabadamente. Por ahí, con nosotros, no puede ser todo “color de rosas”, porque estamos cada uno cumpliendo un rol y el nuestro es que una parte tiene la razón y la otra no. Nuestra función es la menos querida de todas”. “Pero las partes deberían estar tranquilas de que cuando resolvemos lo hacemos dentro del mayor profesionalismo”, postulan.

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¿Existe la perspectiva de género a la hora de redactar una sentencia o al momento de afrontar un caso judicial? Casos de violencia de género, por ejemplo.

Patricia Reyes afirma que “en todos los delitos, la visión femenina es diferente. Pero en todos los delitos, no solo en casos violencia de género, en un homicidio donde la víctima es mujer o en un abuso porque es niña o niño. En todos los delitos, cuando hacemos juicios integrados por otros jueces varones, la visión femenina es diferente, y es enriquecedora, porque aportan otras cuestiones”. Marcela Pérez Bogado, por su parte, dice que “esta visión diferente hace que se llegue a unanimidad de la mayoría de los veredictos en juicios colegiados, esa riqueza de ideas y de distintos puntos de vista. Hay una falsa creencia que las mujeres somos más sentimentales. Nosotros aplicamos el Derecho, pero si o si tiene una perspectiva distinta si es hombre o mujer, por la forma en que está construida tanto lo femenino como lo masculino, viene con notas dadas desde la educación”.

 

 

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