JUICIO ABREVIADO POR ABUSO SEXUAL
Por pedido del Ministerio Publico Fiscal, el Juez Daniel Pérez homologo el procedimiento de juicio abreviado, en el marco de una causa por abuso sexual simple agravado por ser cometido contra una menor de dieciocho años y aprovechando la situación de convivencia. El hecho se registro en la localidad de Lago Blanco.
En consecuencia, el acusado de treinta y cuatro años, recibió una condena de tres años de prisión de cumplimiento en suspenso.
En la sala de audiencias de la Oficina Judicial de Sarmiento, se desarrollo una audiencia de juicio abreviado. El acto judicial fue presidido por el Juez Daniel Pérez. La Fiscalía estuvo representada por el Fiscal Herminio Gonzales Meneses. El imputado, en tanto, recibió el asesoramiento legal del abogado particular Carlos Cervino.
En la oportunidad, Meneses indico que los hechos investigados se denunciaron en febrero del 2014 y se pudo acreditar que la victima sufrió tocamientos en partes intimas, en forma reiterada y constante, desde el año 2008 en adelante.
El imputado desarrollaba estas conductas, aprovechando la situación de convivencia, en función de que había formado pareja con la madre de la menor, y compartían la vivienda familiar en Lago Blanco.
En este marco, el Fiscal explico que las partes habían arribado a un acuerdo, para solicitar la aplicación del instituto de juicio abreviado.
En este contexto, el acusado manifestó su acuerdo con el procedimiento de juicio abreviado, reconoció la existencia de los hechos y su participación en los mismos. También acepto la pena de prisión propuesta por la Fiscalía.
Finalmente, el magistrado homologo el instituto y dio lectura sentencia condenatoria.
En este contexto, indico que mediante la prueba documental presentada por los acusadores y la confesión del acusado, tenía por acreditada la existencia y materialidad del hecho, como así también su participación.
Con respecto a la pena a imponer acordada por las partes, de tres años de prisión en suspenso, considero que la misma era razonable.
Asimismo, explico al imputado las normas de conducta que debe cumplir durante estos tres años. Fijar residencia y notificar al juez si pretende cambiar de domicilio. En sentido, deberá someterse al control del servicio de patronato de liberados, una vez cada seis meses.
También se le impuso la prohibición de contacto con la víctima, durante el tiempo que dure la condena.