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Condenan a Ricardo Namuncurá a tres años de prisión por el delito de promoción de corrupción de menores de edad

Condena a tres años de prisión para Ricardo Namuncurá por el delito de promoción a la corrupción de menores de dieciocho años

El juez Alejandro Rosales, homologó el pedido de aplicación de juicio abreviado contra Ricardo Saturnino Namuncurá (61) acusado por el delito de promoción a la corrupción de menores de dieciocho años. En consecuencia, el magistrado, declaró al imputado autor penalmente responsable del delito endilgado por los representantes del Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa. Asimismo, le impuso la pena de tres años de prisión, cuyo cumplimiento se deja en suspenso. También deberá cumplir reglas de conducta durante el plazo de la condena.

 

El caso

En la ocasión, la fiscal Laura Castagno, relató los hechos narrados en la pieza de acusación pública.  Esta imputación fue presentada el 30 de noviembre de 2022.

En este sentido, indicó que el delito se registró entre el 15 y el 31 de enero del año pasado, entre las 15:00 y las 17:00. En tanto, refirió que el hecho a ocurrió en un inmueble del imputado.

Según los investigadores, la víctima (un joven menor de edad), acudió al inmueble de Namuncurá, a los fines de realizar un trabajo para acomodar cajas y clasificar ropa. La actividad se desarrolló en un galpón ubicado en la parte posterior de la casa.

En esas circunstancias, el imputado comenzó a tocar al menor en sus partes íntimas, sin que este prestara su consentimiento. También deslizo insinuaciones y propuestas de índole sexual. Luego, el agresor, efectuó el pago por el trabajo realizado y el adolescente se retiró del lugar.

 

Juicio abreviado

Seguidamente, la representante de fiscalía, enumeró los medios de prueba testimoniales y documentales que figuran en la pieza acusatoria.

Sobre la calificación jurídica, la investigadora, señaló que al iniciar las conversaciones con los abogados defensores de Namuncurá, pudieron establecer que la agresión sexual cometida contra la víctima, se puede encuadrar en el tipo penal del delito de promoción a la corrupción de menores.

A su turno, el abogado defensor Marcelo Catalano, requirió al magistrado que homologue el acuerdo presentado por las partes.

En este contexto, los representantes de fiscalía, peticionaron que se condene a Ricardo Namuncurá a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, por ser hallado autor penalmente responsable del delito de promoción a la corrupción de menores.

A ello agregaron que el condenado debe someterse al cumplimiento de reglas de conducta durante el plazo que dure la pena. Estas normas son: fijar domicilio; presentarse ante el Cuerpo de Delegados de Control cada cuatro meses, mantener su trabajo u oficio. Tampoco podrá establecer ningún tipo de contacto ni acercamiento personal hacia la víctima y su domicilio. Esta prohibición incluye las comunicaciones telefónicas o de redes sociales.

Por otra parte, señalaron que Ricardo Namuncurá, no registra antecedentes penales computables.

Reconocimiento

En el procedimiento de juicio abreviado, el acusado renuncia a su derecho de presentarse en un juicio oral y público. En consecuencia, debe reconocer la existencia de los hechos, asumir su participación en los mismos y aceptar la vía propuesta. También tiene que manifestar su conformidad con la pena acordada por las partes.

En este contexto, Rosales, realizó las consultas correspondientes al procedimiento. Así las cosas, Namuncurá reconoció los hechos que se le imputaron. Asimismo, asumió su participación en el delito. Finalmente, manifestó que estaba de acuerdo con la imposición de una pena de tres años de prisión y el cumplimiento de reglas de conducta.

Luego de analizar la seriedad y el alcance del acuerdo presentado, Rosales, resolvió homologar la aplicación del procedimiento de juicio abreviado.

El acto judicial se desarrolló en la sala de audiencias de la oficina judicial y fue presidido por el juez penal Alejandro Rosales. El Ministerio Público Fiscal, estuvo representado por la fiscal Laura Castagno. El imputado, en tanto, recibió la asistencia de los abogados Marcelo Catalano y Sebastián Martínez Bianchi del Ministerio de la Defensa Pública. También participó la Licenciada en Trabajo Social Sandra Romero del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (S.A.V.D).

Abuso sexual: Qué hacer frente a un abuso

Los distintos centros de salud de la provincia cuentan con un dispositivo médico legal para dar inmediata atención a las personas que se presentan luego de haber sido víctimas de un abuso sexual. El dispositivo se implementó mediante un convenio entre el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio de Salud. Su correcta y oportuna implementación, garantiza derechos básicos de la víctima vinculados a su salud sexual y reproductiva y la eficiente obtención de material biológico fundamental para lograr la sanción penal del autor.

Los abusadores buscan la impunidad amedrentando a sus víctimas para que no denuncien, para que guarden el secreto. Ese silencio se sostiene por temor y a costa del sufrimiento, la confusión y la desazón de la víctima. Muchos casos son denunciados recién a partir de la evidencia de un embarazo. Otros son denunciados mucho tiempo después, e incluso algunos nunca llegan al conocimiento de la justicia. 

La prueba

La prueba es muy difícil de obtener. Suelen jugar muchos intereses, fundamentalmente en el abuso sexual intrafamiliar. La experiencia indica que los miembros de la familia suelen tomar partido por alguno de los involucrados. Incluso la madre de la víctima no siempre acompaña el proceso.

Sin lugar a dudas la prueba más clara es el ADN que puede obtenerse mediante la aplicación del Dispositivo de Abuso Sexual disponible en todos los hospitales de la provincia, así como la prevención del embarazo y de enfermedades de transmisión sexual. Sin embargo, esto solo es posible cuando la denuncia es inmediata a la producción del abuso o bien cuando a raíz del abuso se produjo un embarazo.

Estos hechos ocurren entre cuatro paredes. Los indicios cobran fuerza en relación al relato de la víctima, son datos que parecen no tener significación propia, que no aportan la evidencia de un testigo directo, pero que permiten corroborar circunstancias, conductas, costumbres alteradas, cambios en la personalidad y/o en el rendimiento escolar.

El abusador suele ser el referente de la víctima en distintos ámbitos, se muestra como el adulto que se ocupa de sus cosas y de este modo se asegura el control del secreto. El abusador detecta el estado de vulnerabilidad y de este modo elige a su víctima.

El relato

En todos los casos la investigación se activa por la denuncia. La declaración de la víctima es central para la investigación. El relato se realiza en cámara Gesell, procurando que la víctima declare por única vez en ese momento. Algunas veces se puede hacer rápido, pero en muchas otras no. La víctima debe estar preparada anímicamente para pasar por esa instancia y son los profesionales del SAVD quienes sugieren el momento más oportuno para hacerlo.

La psicóloga forense toma la declaración y realiza la pericia psicológica. Esta pericia evalúa si el relato es creíble, si detecta o no una tendencia a la fabulación, si se advierte algún interés, si se evidencia un relato armado, entre otros aspectos. Esta pericia valida el relato de la víctima.

Actualmente en los Tribunales , las Cámaras Gesell se realizan con la presencia en la retrocámara –ubicada tras un vidrio que se convierte en espejo al interior de la cámara- de los jueces, el fiscal, el defensor y el imputado. El SAVD y los fiscales sostienen que hay que avanzar hacia una metodología que permita a defensa controlar el desarrollo de la declaración sin que la víctima sienta que detrás del vidrio está el imputado mirándola.

La Fiscalía propicia la implementación un circuito cerrado de televisión, sistema que se usa habitualmente en los juzgados de familia y que varios protocolos señalan como el más adecuado. Esta modalidad consiste en conectar dos salas distantes, mediante circuito cerrado de televisión, en una sala están la entrevistadora y la víctima, y en otra, retirada, los demás actores del proceso.

El valor de la confesión

Al conocimiento de los jueces de juicio llega ese relato de la víctima, filmado. Sin embargo algunas víctimas deciden participar del debate. Por ejemplo en juicios abreviados para escuchar de boca de su abusador el reconocimiento del abuso. Que diga “si, es verdad, yo lo hice”.

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