La acusación efectuada por el Ministerio Público Fiscal se vió acreditada durante la realización del juicio oral y público, de acuerdo al veredicto dado por los integrantes del tribunal de enjuiciamiento, declarando autor penalmente responsable del delito de homicidio a Darío Guzmán, de 29 años, resultando víctima Oscar Daniel Mircevich, a raíz de dos puñaladas efectuadas en su domicilio el 5 de noviembre de 2011, cerca de las 21,30.
Los jueces Ivana González, Adrián Barrios y Sergio Piñeda, dieron a conocer la resolución, indicando que se podía establecer la certeza de lo sucedido, en lo que hace a la materialidad y autoría, de acuerdo a lo que pudo ventilarse durante el juicio, a través de las pruebas testimoniales y documentales presentadas por la Fiscalía, representada en la oportunidad por el Fiscal General Arnaldo Maza.
Alegato
Justamente en su alegato, el doctor Maza, había manifestado que la defensa del imputado, ejercida por Abdón Manyauik, había fijado una discrepancia con la teoría expuesta por el Ministerio Público, dirigida a negar la autoría de su defendido, pero durante el debate quedó probado que los hechos no pueden ser modificados o cambiados a través de una interpretación diferente.
Durante su exposición, ensambló los testimonios con las pericias y procedimientos llevados adelante en la etapa preparatoria, todo esto corroborado en el transcurso de las jornadas del juicio oral y público. Así, uno de los testigos, en diligencia de reconocimiento, señaló a Guzmán como la persona que lo agarra por atrás y le pone el cuchillo en el cuello, indicándolo como el autor del homicidio.
Otra persona, presente en el lugar, afirmó que el acusado era el único con cuchillo, asestando la puñalada mortal, aunque previamente la había lastimado a ella. El relato de ambos, dijo el fiscal, se compadece con las lesiones que encontró el médico de la policía al examinarlos la madrugada siguiente al suceso.
Anoticiado el personal policial que los involucrados en el suceso se había dado a la fuga en en un vehículo 147 color verde, el mismo es interceptado y encontrándose indicado desde el primer momento Darío Guzmán, alias "lalo", como el autor del hecho, se allana su domicilio particular, secuestrándose una remera y dos cuchillos de diferentes medidas.
Durante el extenso alegato, el doctor Maza, dejó en evidencia las contradicciones en las que cayeron testigos de la defensa, quienes daban cuenta que uno de ellos habría forcejeado con la víctima en el exterior de su vivienda, lo que fue contrastado con los dichos de los testigos directos y los rastros encontrados en el lugar, de donde se efectuaron estudios de ADN, pudiendo dilucidarse a través de ellos los sitios en que se produjeron los hechos.
El móvil
En lo que refiere al móvil acerca del homicidio, de los cuatro individuos que concurrieron esa noche a la casa de Mircevich, el único que tenía un motivo para ajustar cuentas con el hijo de la víctima, era el imputado, que había sido objeto de robo un tiempo antes, y esta habría sido la razón por la que se presentó esa noche, con toda la intención de venganza.
El ataque mortal padecido por Oscar Daniel Mircevich tenía como destinatario inicial a su hijo, quien si bien pudo evitar el acometimiento perpetrado, no fue obstáculo para que el imputado avanzara en su intención criminal y le asestara una estocada en el pecho a quien finalmente falleció.
Manifestó el fiscal general en su alegato que claro está que ese fue el motivo de la presencia de Guzmán en la casa de Mircevich, y claro está también que cuando salió el hijo, Guzmán no se encontraba parado afuera ya que ingresó al patio saltando un paredón y lo tomó de atrás con el cuchillo que portaba.
Debate de pena
Los jueces Ivana González, Adrián Barrios y Sergio Piñeda señalaron en el veredicto que se encuentra acreditada la materialidad y autoría de Darío Guzmán, aunque la mayor parte de los fundamentos serán vertidos una vez conocida la sentencia
Mañana (viernes) a las 9 se desarrollará el debate de pena, a pedido del defensor, Abdón Manyauik, quien posiblemente presente algunos testimonios tendientes a atenuar la cantidad de años que corresponderán para cumplir la futura condena.