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EXTENDIERON EL PLAZO DE INVESTIGACIÓN POR EL HOMICIDIO DE ANA FONTANA Y LOS IMPUTADOS CONTINUARAN EN PRISIO PREVENTIVA

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Se esperan resultados de pericias

  En una Audiencia desarrollada en horas del mediodía en los Tribunales de Trelew, el Ministerio Público Fiscal, a través del Dr. César Zaratiegui, subrogando a la Dra. Mirta Moreno, solicitó una prórroga en el plazo de investigación de los hechos relacionados con la muerte de la docente jubilada de Gaiman, Ana Fontana, siendo los imputados Jorge y Diego Domínguez, quienes estuvieron defendidos en la oportunidad por los Doctores Abdón Manllauix y Javier Reuter respectivamente.

PERICIAS

  El Fiscal General indicó que los resultados de las pericias científicas pedidas exceden en el tiempo el plazo dado oportunamente para la investigación, recordando que el 9 de septiembre de este año se fijó el mismo en tres meses. Explicó que esta es una causa ardua, compleja, con diversos exámenes científicos, y al respecto dio a conocer acerca del envío a la Policía Científica de Buenos Aires de elementos para proceder a los exámenes de ADN, tratándose de capilares hallados en el vehículo y también en el mismo cuerpo de la infortunada víctima, entre otros.   La Licenciada a cargo de los mismos hizo saber que el 14 de diciembre se podría efectuar el análisis de ADN nuclear y el 28 de este mes el de ADN mitocondrial. Se trata de evaluaciones muy rigurosas, de mucha importancia y con imposibilidad de realizarlo en esta zona. Por otro lado, una vez realizados los análisis y evaluaciones, deberá considerarse el resultado y posteriormente ser tenidos en cuenta para reactivar en este aspecto la investigación.   El Dr. Zaratiegui pidió la prórroga de acuerdo al art. 283, 2do. párrafo del Código Procesal Penal, donde se indica que el Juez podrá fijarla sin exceder los cuatro meses, recordando además que los exámenes traídos a colación podrían determinar la posibilidad de participación de otras personas.

LA MEDIDA DE COERCION

  La Jueza, Dra. Ivana González hizo referencia al último párrafo del artículo 223, en relación con el artículo 283 del Código Procesal Penal, que habla de la posibilidad de prórroga de investigación, donde la mantención de los imputados en prisión debe ser reafirmada, de existir esa voluntad, mediante requerimiento de fiscal, querellante o víctima, lo cuál derivó en una revisión sobre esta situación.   En tal sentido, la Fiscalía explicó que se mantenían los presupuestos fijados para el dictado de la prisión preventiva que vencía el 9 de diciembre, dado que persiste la probabilidad de autoría y no se han modificado los elementos valorados en su oportunidad, como son las escuchas telefónicas, pericias dactiloscópicas, testigos que dan cuenta del uso del vehículo de la víctima por parte de Domínguez y elementos sustraídos del automóvil   Además, consideró al hecho como de indudable gravedad, fundando el peligro de fuga en la expectativa de pena y dando cuenta del daño causado, de acuerdo al art. 221, inciso 3ro. Por otra parte, hizo valer el peligro de entorpecimiento, ya que podrían interferir con la misma saña y violencia manifestada en el hecho que se investiga,  de acuerdo a lo expresado por el art. 222, inciso 2do,, siempre del Código Procesal Penal.

LAS DEFENSAS

  El Dr. Javier Reuter no puso objeción respecto a la prórroga en los plazos de investigación, indicando que también presentará pruebas que permitan la desvinculación de su asistido. Expresó que la Fiscalía solo ha presentado pruebas indiciarias para mantenerlo como imputado, y minimizó las escuchas telefónicas a la interpretación de una pregunta y su respuesta, efectuadas entre los Domínguez. Finalmente pidió se sustituya la prisión preventiva por una domiciliara, art. 227 del Código Procesal Penal.   Luego fue el turno del Dr. Abdón Manllauix quien manifestó que solo habían dos pruebas del Ministerio Público Fiscal, basadas en las escuchas telefónicas y los elementos encontrados, pidiendo el cambio de calificación por encubrimiento. Además solicitó la libertad de su defendido, entendiendo que restan pruebas científicas imposibles de ser entorpecidas.

LA JUEZA

  La Doctora Ivana González consideró que los actos que restan realizar en torno a la investigación, sufren un retraso que no puede imputarse al Ministerio Público Fiscal y tienen que ver con formas de trabajo. Entendió como razonable el pedido de prórroga para la investigación, aunque dando lugar al artículo 282 (prórroga ordinaria) del Código Procesal, que indica una extensión de tres meses, hasta el 9 de marzo de 2010.   En lo que se relaciona con la medida de coerción, expresó que se mantenían los presupuestos evaluados por ella misma el 9 de septiembre, no habiéndose modificado los elementos presentados en su momento, y no haciendo lugar a medida sustitutiva alguna, porque no corresponde.   Expresó, entre otras cosas, que las escuchas telefónicas traídas como elementos en su momento por la Fiscalía son muchas conversaciones, mas que una pregunta y una respuesta. Ratificó que el entorpecimiento no solo esta ligado a las pruebas científicas, sino que se deben deslindar responsabilidades de otros y se pone en riesgo la posibilidad de nuevas pruebas.   En consecuencia, dijo la magistrada, no se puede modificar en lo mas mínimo el grado de probabilidad de autoría, determinando la prórroga en los plazos de investigación y la prisión preventiva de los imputados hasta el 9 de marzo de 2010.

 

 

 

 

 

 

 

 

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